El sector de los eventos con «E» de «Esperanza»

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Gemma G. Juanes |Raúl Valera Tena. Director de Seguridad. Experto en Elaboración/Implantación de Planes de Seguridad, Emergencias y Autoprotección y Prevención en Eventos.

Desde hace años, vengo recalcando, ante la falta de homogeneización y marco normativo en el sector de los eventos, que la importancia de implementar medidas preventivas, formativas, informativas, organizativas y de autoprotección, y que las mejoras, innovaciones y buenas prácticas en estas materias, no deberían ser tales, sino que deberían ser cumplimientos legales en cada caso de aplicación normativa específica y homogeneizada a nivel nacional, -puesto que incluso algunos derechos fundamentales pueden verse afectados dependiendo de las discrepancias normativas por ámbito geográfico-, y no de criterios de mínimos o falta de definición (dispositivos sanitarios, técnico competente, autoridad competente…).

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Raúl Valera Tena

En medidas como el control de aforo no intrusivo, las simulaciones virtuales en 3D como prevención en el análisis de tiempos de evacuación y restricción de las densidades de ocupación por mapas de calor, o incluso en los cálculos de aforo para determinar ocupaciones máximas por superficies útiles, en base al uso de la actividad a desarrollar y de capacidades de evacuación o hipótesis de bloqueo de las mismas, debería ser obligatorio aplicar criterios más restrictivos que los fijados en el DBSI 3 del CTE, y progresivos proporcionalmente en base al aforo y al campo realmente visual del público asistente.

Aspectos que, sin embargo, ahora sí están siendo temas de actualidad ante la emergencia sanitaria que estamos afrontando, debido a las recomendaciones y medidas de distanciamiento social y restricciones de aforos. Por todo lo anterior (exceptuando lógicamente como causa la emergencia sanitaria actual), junto a Ana Alonso de Prevent Event y Olga Sánchez del Observatorio Científico de Eventos ICONO 14, y con la participación de ASPEC, ARTE, FMA y APM, decidimos lanzar hace más de un año un grupo de trabajo para elaborar un estudio y documento de posicionamiento, que justificase la necesidad de reglamentación homogeneizada y específica para la celebración y producción de eventos y espectáculos públicos en España. Gracias al esfuerzo de todos ellos y a la participación de los que formamos parte de este sector, como Simpathy For The Lawyer, ha visto por fin la luz este documento de posicionamiento.

Dejando al margen las obligaciones normativas respecto a la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, Ley de Prevención de Riesgos Laborales o Norma Básica de Autoprotección, deberemos cumplir escrupulosamente con la información respecto a la implantación de medidas preventivas y organizativas, de protección personal y de higiene, actualizando las mismas y reforzando éstas mediante medios para garantizarlas. Los costes y beneficios (tangibles e intangibles) y la rentabilidad económica en base a la inversión y gastos de las medidas y recomendaciones a implantar, así como de las inyecciones económicas y beneficios fiscales, serán claves para el sector de los eventos.

Estado de Alarma

Amén del ya conocido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cuyo artículo 10, se establecen las suspensiones y medidas de contención que afectan al sector de los eventos -en el anexo se detalla la relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida con arreglo a lo dispuesto en el citado artículo-, y las sucesivas prórrogas acordadas, cabe citar que se han acordado y publicado también numerosas medidas excepcionales a nivel internacional, nacional, autonómico e incluso local, para limitar la propagación y el contagio por COVID-19.

Pero ante la actual situación, seguimos en jaque en el sector de eventos respecto a las posibles recomendaciones, planes de contingencia, medidas preventivas y organizativas, o guías de buenas prácticas específicas que deberían ser implantadas.

Artículo originalmente publicado en Cuadernos de Seguridad.
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